Beneficios fiscales del Régimen de Promoción de Inversiones

¿Quiénes pueden acceder al Régimen General de Inversiones Uruguayo?

  • Empresas contribuyentes de IRAE, independientemente de su actividad y personería jurídica.
  • Productores agropecuarios contribuyentes de IRAE.
  • Cooperativas, siempre que las inversiones se destinen a actividades sin fines de lucro.

¿Qué inversiones pueden incluirse en el proyecto de inversión?

  • Vehículos utilitarios, camionetas y furgones destinados directamente a la actividad de la empresa, cuyo valor CIF no supere USD 30.000 (USD 60.000 si son eléctricos). Los furgones (carga cerrada, sin vidrios laterales, hasta 12 toneladas) no tienen este límite de monto.
  • Vehículos eléctricos de pasajeros, con motorización exclusivamente eléctrica y batería de litio de densidad de energía gravimétrica mayor o igual a 100 Wh/kg. Aplica únicamente a empresas cuya actividad principal es el arrendamiento de vehículos sin chofer o la prestación de servicios turísticos (registradas ante el Ministerio de Turismo), siempre que no sean cedidos mediante contratos de crédito de uso y su valor CIF no supere USD 30.000. Deben mantenerse en el activo fijo un mínimo de 4 años.
  • Otros bienes muebles destinados directamente a la actividad de la empresa, con valor unitario mínimo de UI 1.500 y trazabilidad individual.
  • Intangibles (servicios técnicos, profesionales y de software) imprescindibles para la puesta en funcionamiento de los bienes muebles del proyecto.
  • Energía renovable — paneles solares fotovoltaicos, hasta un máximo del 20% del total del proyecto, debiendo además computar al menos 2 puntos ponderados en el indicador Generación de Empleo. Salvo grandes consumidores de energía con potencia instalada ≥250 kW.
  • Construcción de bienes inmuebles o mejoras fijas, incluidas las mejoras en inmuebles de terceros.
  • Plantines y costos de implantación de árboles y arbustos frutales plurianuales, según los topes por especie que establece el MGAP.
  • Activos biológicos para mejora genética: reproductores vacunos y ovinos, embriones y semen, cuando participan en programas de evaluación genética.
  • Imprevistos, por hasta un máximo del 10% del total de inversión no ejecutada al momento de presentar el proyecto. Para que este rubro sea considerado como elegible, la empresa deberá detallar claramente cuáles son los rubros no ejecutados sobre los cuales se calculó el porcentaje de imprevistos. 



Cómputo de inversiones elegibles — plazo:

  • Se computan las inversiones realizadas desde la fecha de presentación de la solicitud, hasta un máximo de 5 ejercicios.
  • También se admiten inversiones de hasta 6 meses antes de la solicitud, si son necesarias para el proyecto y no superan el 20% de la inversión elegible total.
  • Proyectos de más de UI 180.000.000 pueden solicitar (con pedido fundado) extender el cronograma hasta un máximo de 10 ejercicios.

¿Qué beneficios fiscales otorga el Régimen General de Inversiones?

  • Exoneración de IRAE por un porcentaje de la inversión ejecutada, con un piso del 30% y hasta el 100%. El plazo mínimo es de 4 años y puede extenderse hasta 25 años, según el tramo de inversión y el puntaje obtenido en la matriz de indicadores. 
  • Exoneración del 100% del IP sobre los bienes muebles por toda su vida útil y sobre los bienes inmuebles por el término de 8 años si el proyecto está radicado en Montevideo, y por 10 años si está ubicado en el interior del país.
  • Devolución del IVA por la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a la obra civil y de los bienes muebles destinados al proyecto de inversión.
  • Exoneración del 100% de tasas y tributos en ocasión de la importación de bienes muebles de activo fijo y materiales destinados a la obra civil promovida, siempre que sean declarados no competitivos de la industria nacional.

¿Qué incentivos adicionales existen?

  • MYPES: las empresas micro y pequeñas obtienen 15 puntos porcentuales adicionales de exoneración de IRAE y 2 ejercicios adicionales de plazo. Las medianas (hasta 50 empleados) obtienen 10 puntos porcentuales adicionales y 1 ejercicio adicional.
  • Proyectos de gran inversión: los proyectos con inversión elegible superior a UI 180.000.000 (presentados antes del 31/12/2027, ejecutados 100% antes del 31/12/2029) o superior a UI 300.000.000 (presentados antes del 31/12/2028, ejecutados 100% antes del 31/12/2031) acceden a exoneración del 100% del IRAE y al plazo máximo del tramo, siempre que obtengan al menos 5 puntos en Generación de Empleo y 4 puntos en I+.
  • Parques industriales y científico-tecnológicos: los usuarios habilitados que realicen actividades industriales, logística vinculada, energía solar promovida, valorización de residuos o servicios de TIC/biotecnología/industrias creativas obtienen un incremento del 15% sobre el beneficio y el plazo de IRAE. El resto de los usuarios habilitados obtiene un incremento del 5%.

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