En el sistema tributario uruguayo rige en términos generales el principio de la fuente. Es decir que como regla general en nuestro país solamente estarán gravadas las rentas de fuente uruguaya. Se entienden rentas de fuente uruguaya las provenientes de actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente en la República, con independencia de la nacionalidad, domicilio o residencia de quienes intervengan en las operaciones y del lugar de celebración de los negocios jurídicos.
El sistema tributario uruguayo comprende impuestos indirectos y directos.
Los principales impuestos directos aplicados en el Uruguay a las empresas son el Impuesto a la Rentas por Actividades Económicas (IRAE), a una tasa del 25%, y el Impuesto al Patrimonio (IP), a una tasa del 1.5%. Se grava únicamente la renta de fuente uruguaya, y no se otorga crédito fiscal por impuestos aplicados en el extranjero, salvo que existan convenios para evitar la doble tributación.
El principal impuesto directo en el caso de las personas físicas es el IRPF. El IRPF es un impuesto personal y directo que grava las rentas obtenidas por personas físicas residentes en Uruguay, siendo la tasa creciente con la renta obtenida. Serán residentes aquellas personas físicas que permanezcan en Uruguay más de 183 días durante el año civil, que radiquen en el país el núcleo principal o la base de sus actividades, o que tengan en el país el centro de sus intereses vitales o económicos.
Las rentas de fuente uruguaya obtenidas por personas físicas o jurídicas no residentes sin establecimiento permanente en el país se encuentran alcanzadas por el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR). El IRNR se aplica a tasas proporcionales que oscilan entre el 3% y el 12% dependiendo del tipo de renta.
Los principales impuestos indirectos incluyen el IVA y el IMESI. La tasa básica del IVA es del 22%, existiendo una tasa mínima del 10% aplicable sólo a ciertos productos y servicios. Las exportaciones y la circulación de la mayor parte de los productos agropecuarios están sujetas al régimen de tasa cero, por el cual se devuelve el crédito fiscal.
El Impuesto Específico Interno (IMESI) grava la primera enajenación a cualquier título realizada por los productores o importadores, de ciertos productos, no alcanzando a las exportaciones. Los principales productos abarcados por este impuesto son los combustibles, tabacos, bebidas, cosméticos y automóviles, siendo la tasa variable.
Al momento de evaluar la inversión en Uruguay, tenga presente que el país cuenta con un amplio esquema de incentivos, que entre otros beneficios, le permite descontar la inversión realizada de las futuras rentas gravadas por IRAE y del Impuesto al Patrimonio.
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